Plazo de presentación de solicitudes por parte de las familias: desde el 19 de mayo de 2026 (08:00am) hasta el 10 de septiembre de 2026 (15:00pm).
Importante: cuenta bancaria a nombre del/la alumno/a y de un representante legal.
Incompatible con cualquier beca con la misma finalidad así como con la beca general.
Formulario de solicitud
Debe cumplimentarse y teletramitarse exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes con cl@ve, certificado digital o
creación de usuario y contraseña (la misma que se usó en la solicitud de la Beca General).
https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=2286
• No será necesario entregar el formulario en papel en el centro educativo.
• El alumno/a deberá figurar como titular o cotitular de la cuenta corriente indicada en la solicitud y disponer de un NIF/NIE válido tanto en Hacienda como en Séneca. En caso contrario, no podrá
tramitarse el pago.
Documentación adicional a aportar por los solicitantes
• Toda documentación complementaria debe presentarse por los solicitantes a través de la Secretaría Virtual de Centros de la Junta de Andalucía, con clave iAnde o certificado digital.
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/accesoTramite/876/
Documentos requeridos, si es el caso:
- Certificado de discapacidad (Centro Base de Valoración)
- Certificado TEA
- Anexo VI (Certificado de Gabinetes) correspondiente a la ayuda de reeducación pedagógica o del lenguaje o el programa específico para alumnado de altas capacidades. El modelo del Anexo VI está disponible en la convocatoria y en el Portal de Becas.
Además, deberán presentar documentación adicional aquellas personas cuya unidad familiar se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Ingresos percibidos en el extranjero no declarados en España en el ejercicio anterior.
- Declaración de la renta presentada en el País Vasco.
- Unidad familiar declarada como independiente.
- NIF/NIE de algún miembro computable no validado.
- Falta de inclusión de un progenitor en la unidad familiar.
Apertura de solicitudes: 7 de abril de 2026 (a las 09:00).
Cierre de solicitudes: 18 de mayo de 2026 (a las 15:00).
Publicación en el BOE: 25 de marzo de 2026.
¿Quiénes pueden solicitarla?: Estudiantes de niveles posteriores a la ESO (Bachillerato, Formación Profesional, Grados Universitarios, Máster, etc.).
Modalidad: El proceso es 100% online a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Acceso: Puedes entrar con Cl@ve (certificado electrónico/DNIe) o mediante usuario y contraseña (registrándote con tu DNI/NIE).
Documentación: Por lo general, no es necesario presentar documentos físicos, ya que el Ministerio cruza los datos con otras administraciones (como Hacienda). Solo se te pedirán papeles en casos muy específicos.
Gratuidad: Realizar la solicitud no tiene ningún coste para el estudiante.
Plazos de resolución: La administración tiene un plazo máximo de 6 meses para dictar la resolución definitiva una vez se asigne la cuantía variable.
Reclamaciones: Si tu beca es denegada, tienes 10 días para presentar alegaciones tras la resolución provisional, o un mes para un recurso de reposición tras la definitiva.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha publicado la Resolución correspondiente a la convocatoria de Ayudas Individualizadas para el Transporte Escolar del curso
2025-2026 (curso actual). El plazo de solicitud estará abierto del 19 de marzo de 2026 al 20 de abril de 2026.
El alumnado podrá tramitar su solicitud a través de la Secretaría Virtual, utilizando sus credenciales del Identificador Educativo Andaluz (iANDE).
Asimismo, se recuerda que la convocatoria de Ayudas Individualizadas para el Transporte Escolar del curso 2024-2025 fue publicada el 5 de diciembre de 2025, y que ambas convocatorias serán
resueltas a lo largo de 2026.
. Deben desplazarse más de 2 km o estudiar enseñanzas artísticas/FP no disponibles cerca
ABIERTO PLAZO DE BECA ADRIANO: DEL 6 DE DICIEMBRE DE 2025 A 5 DE ENERO DE 2026
La solicitud de la Beca Adriano deberá realizarse exclusivamente de forma telemática, a través de Secretaría Virtual, a diferencia de cursos anteriores. Esto implica varias consideraciones importantes:
1. Los centros no podrán recoger ninguna solicitud en papel, ya que carece de validez al no constituir un registro oficial.
2. Durante el proceso telemático, si el alumnado no cumple los requisitos establecidos, la plataforma no permitirá presentar la solicitud.
A continuación, recordamos algunos de los requisitos académicos necesarios para poder solicitar la Beca Adriano:
Primer curso
- No puede obtenerse la beca
Segundo curso y posteriores
A) Bachillerato y Enseñanzas Profesionales
- No repetir curso.
- Haber suspendido exactamente 2 asignaturas sin haber repetido el curso anterior.
B) FP GM y GS, Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas Deportivas
- No repetir curso.
- Haber superado entre el 80% y el 85% de la carga lectiva del curso anterior.
- Matrícula de curso completo.
BECAS PARA FP Y BACHILLERATO 25/26
Puedes acceder al trámite desde https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=2256
Plazo: desde el 24 de marzo, hasta el 14 de mayo