informamos de que el plazo para solicitar beca NEAE para el curso 2023/2024 está abierto desde el día 08/05/2023 hasta el 20/09/2023. Respecto al procedimiento para la
presentación, el alumnado presentará la beca en el centro educativo en el que cursará los estudios, donde se pondrá sello y fecha de entrada, y se entregará a la familias el resguardo de
presentación.
Les recordamos que para alumnado con TDAH no ha habido cambios en la convocatoria de beca en relación con anteriores convocatorias. A este respecto, para poder obtener beca este
alumnado debe seguir cumpliendo uno de los dos requisitos que establece la convocatoria:
1.- TDAH CON DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 33%
2.- TDAH ASOCIADO A TRASTORNO GRAVE DE CONDUCTA Y/O TDAH ASOCIADO A TRASTORNO GRAVE DE LA COMUNICACIÓN Y DEL LENGUAJE
Esta convocatoria incluye como novedad un subsidio para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo, que
tendrá un importe de 400 euros, que se justifica por el hecho de que las familias con hijos o hijas que tienen estas necesidades asumen unos costes adicionales muy significativos para atender los
requerimientos vitales de sus hijos e hijas, lo que, unido a las circunstancias económicas actuales, hace preciso un soporte extraordinario, que se sumará a las cuantías que ya figuraban en
convocatorias anteriores, resultando un incremento adicional de las ayudas.
El nuevo subsidio, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 117/2023, de 21 de febrero, modificado por el Real Decreto 144/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el
Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se dirige a quienes presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta,
trastornos graves de la comunicación y del lenguaje, trastornos del espectro autista y altas capacidades intelectuales.
Aunque aún no sepas qué vas a estudiar ni qué notas sacarás este curso, necesitamos que aportes algunos datos provisionales con respecto a los estudios que prevés cursar en el 2023/2024. Más adelante podrás modificarlos. Quizás te pidamos adjuntar algún documento, por eso, prepara el borrador con tiempo suficiente.
https://sede.educacion.gob.es/sede/login/plogin.jjsp
Una vez completada la solicitud, te dará la opción de presentarla. Ten en cuenta que:
- Si todo está correcto, podrás descargar el justificante como garantía de la presentación de la Beca. En la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional aparecerá el mensaje “presentada”.
- Si tu solicitud se queda en estado «borrador», no podrá ser tramitada. Comprueba si te falta algún dato.
- Si tienes dudas, consulta la sección de Preguntas frecuentes (https://www.becaseducacion.gob.es/dudas/faqs.html) y los vídeos
https://www.becaseducacion.gob.es/dudas/videos.html
Si, a pesar de todo necesitas más información, ponte en contacto con nosotros.
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayudas/contacto
También puedes hacer uso de los servicios que ofrece el Ministerio de Educación y Formación Profesional https://www.becaseducacion.gob.es/contacto.html
Recuerda: Debes presentar la solicitud en el plazo del 17 de marzo al 17 de mayo. Fuera de este plazo no admitiremos solicitudes de Beca. Para el curso 2023-2024 EL ALUMNO/A siempre debe ser el TITULAR o COTITULAR de la cuenta corriente consignada en la solicitud. Para más información con respecto a la cuenta corriente consulta aquí
https://portals.ced.junta-andalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayudas/alta-cuentas-corrientes
IMPORTANTE:
Hay un cambio importante que debes tener en cuenta para poder cobrar lo antes posible tu beca o ayuda, tanto para la Beca de carácter general como para las Ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
1º EL/LA ALUMNO/A siempre debe ser el TITULAR o COTITULAR de la cuenta corriente consignada en la solicitud. Sólo podrá pagarse la cuantía de la beca o ayuda a una cuenta de la que el/la alumno/a beneficiario/a sea titular o cotitular. En caso contrario no podrá tramitarse el pago.
2º Verificación de la cuenta corriente: Para el curso escolar 23-24 NO se hará la verificación de la cuenta corriente a través de la Secretaría Virtual. Cuando rellenes tu solicitud en la Sede Electrónica del Ministerio, autorizarás a la Administración
competente a realizar los trámites necesarios para poder proceder al pago de la beca, por lo que esta Consejería tramitará el alta en Tesorería de la cuenta corriente consignada en tu solicitud.
3º Modificación de la cuenta corriente: No es aconsejable modificar la cuenta corriente, no obstante si deseas cambiarla tendrás dos períodos para poder hacerlo:
• En la Sede del Ministerio de Educación, cuando se vuelva a abrir el procedimiento para confirmar/modificar estudios (sept-oct).
• En la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, una vez se cierre el plazo para confirmar/modificar en la Sede del Mnisterio de Educación y se habilite la posibilidad de modificación en dicha Secretaría Virtual para el curso 23/24.
La convocatoria de ayudas al desplazamiento para las FCTs se suele publicar a principios de octubre del curso siguiente a la realización de la FCT.
Se informará al alumnado a través del correo electrónico que figure en Séneca y se publicarán en este espacio de nuestra web.